Reforma reconoce derecho a faltar por dolor menstrual en instituciones públicas

Reforma reconoce derecho a faltar por dolor menstrual en instituciones públicas

Las y los diputados integrantes de la Comisión de Trabajo y Previsión Social del Congreso del Estado aprobaron el dictamen que reforma la Ley de los Trabajadores al Servicio de las Instituciones Públicas del Estado presentada por el diputado Marco Antonio Gama Basarte, en beneficio de las personas menstruantes trabajadoras de las instituciones públicas.

La presidenta de la comisión legislativa diputada Ma. Sara Rocha Medina, informó que el dictamen establece que las personas menstruantes trabajadoras de las instituciones públicas, a quienes se les diagnostique con endometriosis severa o dismenorrea primaria o secundaria en grado incapacitante, tendrán derecho a licencias con goce de sueldo, sustituyéndolos por trabajo a distancia, mediante el uso de las tecnologías de información y de la comunicación.

En el caso de que por la naturaleza del trabajo no sea posible realizar el trabajo a distancia, podrán dejar de laborar, siempre y cuando lo justifiquen mediante prescripción médica expedida por un médico de una institución pública de salud o por particulares.

En el caso de las prescripciones expedidas por parte de médicos particulares, se deberá incluir el nombre y número de cédula profesional de quien la expida así como la fecha y el estado de salud de la persona trabajadora.

Los días utilizados en estos casos serán con goce de sueldo y no afectarán las prestaciones laborales establecidas en las normas aplicables.

La diputada Sara Rocha informó que se le hicieron adecuaciones al dictamen para otorgar un permiso a las mujeres que sean diagnosticadas con endometriosis severa o dismenorrea primaria o secundaria en grado incapacitante, ya que originalmente proponía dos días y después del análisis que se hizo, se deja abierto el período de incapacidad.

“La precisión de que esto tiene que ser previo diagnóstico o con un diagnóstico médico de alguna dependencia de salud del estado. Y si es de un médico particular, se ponen las especificaciones que debe requerir ese permiso o esa prescripción de incapacidad para la persona; este permiso con goce de sueldo no perjudica sus prestaciones laborales que tengan establecidas conforme a las normas aplicables”.

Esta medida ya se aplica en estados como Nuevo León, Sinaloa e Hidalgo, donde se da ese permiso de incapacidad a las mujeres por el tema médico que se les pueda diagnosticar. “Aquí se dejaría abierto, el médico será quien tendría que decir uno, dos o tres días. Está también la salvedad de que puede trabajar a distancia, y el médico dirá si a distancia tampoco pueden hacer las labores las mujeres que se estén tratando de dicho diagnóstico”.

El dictamen será turnado a la Comisión de Salud y Asistencia Social para que sea revisado antes de ser puesto a consideración del Pleno.

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